martes, 8 de junio de 2021

EL DERROCHE DE RECURSOS PÚBLICOS EN EL RODADERO CADA DÍA SE HACE MÁS EVIDENTE

Aurelio Rosales, líder de la junta de acción comunal del balneario del Rodadero, dialogó con el equipo periodístico de la emisora Voces 89.4 F.M. sobre oficio que le envío a la alcaldía del Distrito de Santa Marta y a la dirección de Instituto Distrital de Turismo de Santa Marta (INDETUR), donde aclara que hay una demanda pidiendo la disolución y nulidad del contrato 079 del 7 de Mayo de 2021 celebrado entre INDETUR y la Promotora Integral del Desarrollo Integral del Rodadero (PRO-RODADERO). Según el líder comunal, este contrato está lleno de vicios, partiendo del hecho que quien está como gerente de la promotora no se encuentra legitimado en causa para celebrar contratos; por ellos es necesario aclarar que la constitución de la promotora se da bajo la organización de la JAC. 

Rosales además afirma que al momento de suscribir ese contrato, la promotora apenas iba a conformar la asamblea para crear el reglamento interno, y las funciones del gerente.

Iván Calderón quien funge como gerente de la fundación empezó a trabajar en la administración lo cual desató cierta inconformidad de manera interna en la promotora; señala Aurelio Rosales que estas acciones conllevaron a que la organización no se reuniera y dejara de funcionar. La sorpresa fue grande al enterarse que el día 7 de mayo de este año PRO-RODADERO e INDETUR celebren un contrato por valor de casi 600 millones de pesos. 

El líder de la junta de acción comunal del Rodadero Rosales señala que no se puede admitir este tipo de hechos, donde se favorezca a alguien que trabaja en la función pública, más aún, en el mismo grupo que administra la ciudad existiendo tantas necesidades para el Rodadero, “es irónico que el objeto del contrato sea traer turistas, cuando el Rodadero se vende solo con todos los esfuerzos que cada uno de los trabajadores hace, nosotros sentimos un desgobierno y un abandono en este sector, este contrato es un fraude para nosotros.”

SOLICITUD DE SUSPENSIÓN, TERMINACION Y NULIDAD

REQUERIMIENTO ACTUACION PREVENTIVA




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